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Miércoles, 06 de Noviembre de 2024 Tiempo de lectura:

La Generalitat aprueba ayudas directas para las personas y los municipios afectados por la DANA

El Pleno del Consell ha aprobado dos decretos para la concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas y para la cobertura de los daños producidos en los municipios que se han sido afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que se produjo el 29 de octubre en la Comunitat Valenciana.

 

Con estas ayudas, el Consell responde a la necesidad de proveer de los medios indispensables que requieren en estos difíciles momentos las personas y los municipios más directamente afectadas por el temporal de viento y lluvias. 

 

Los ciudadanos y ayuntamientos que podrán acogerse a estas ayudas son los pertenecientes a Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València, Vilamarxant, Xirivella y Yátova.

 

Decreto para las personas afectadas

El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que destina 200 millones de euros en ayudas directas para las personas afectadas por la DANA. En concreto, el importe de la ayuda por vivienda será de 6.000 euros.

 

Las personas cuya vivienda haya sufrido daños como consecuencia del temporal, y se encuentre dentro de los términos municipales damnificados, podrán solicitar la subvención desde la fecha de publicación del decreto hasta el 16 de diciembre de 2024. Cabe destacar que las ayudas son compatibles con otras ayudas que puedan conceder se por otras administraciones públicas.

 

La persona solicitante deberá aportar el título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada; declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad con las bases reguladoras, así como la documentación acreditativa para domiciliación bancaria. 

 

Se podrá presentar también la solicitud de ayuda adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda.

 

La documentación, debidamente cumplimentada y firmada, deberá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat, a estos efectos, o, en su caso, en las oficinas habilitadas por la Generalitat, preferentemente en la de la localidad en la cual se ubica la vivienda. Asimismo, podrán presentarse de manera telemática en el portal de la Generalitat.

 

Ayudas directas a municipios 

El segundo decreto que ha aprobado el Consell ha sido la concesión de ayudas directas a los municipios por los daños en bienes e infraestructuras producidos por el temporal.

 

La línea económica será de 50.000.000 euros, de los cuales 20.000.000 euros se consignarán en el presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2024, y los otros 30.000.000 euros, en el presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2025.

 

La partida presupuestaria se destina a cubrir los gastos urgentes y extraordinarios tanto corrientes como de personal que hayan debido acometer y a la cobertura de los gastos derivados de actuaciones inaplazables en situación de emergencia, llevados a cabo en el mismo momento de producirse esta o en los inmediatamente posteriores a la finalización de los hechos causantes, siempre que su objeto sea el funcionamiento de los servicios públicos esenciales e imprescindibles para garantizar la vida y la seguridad de las personas. 
El pago de las cuantías otorgadas a los ayuntamientos se realizará mediante el libramiento de la cantidad mínima inicial de 200.000 euros para cada uno de los municipios afectados por el temporal. 

 

La gestión de esta ayuda se canalizará mediante la Comisión Interdepartamental para el Seguimiento y Coordinación de la Postemergencia y la Oficina Única Postemergencia, para el seguimiento y coordinación de las actuaciones posteriores a una catástrofe o emergencia, tal y como recoge la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Comunitat Valenciana.

 

Deducciones fiscales, créditos IVF sin intereses y ayudas sociales

El Pleno del Consell también ha acordado poner en marcha medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, entre las que se encuentran deducciones fiscales, créditos del IVF sin intereses y ayudas sociales para las personas afectadas por la Dana.

 

En concreto, las medidas extraordinarias incluyen deducciones en el IRPF para las personas físicas afectadas, de un importe mínimo de 2000 euros y la habilitación de líneas de crédito a través del Institut Valencià de Finances (IVF) a tipo 0 para la rehabilitación o reconstrucción de la vivienda habitual. 

 

En materia social, la conselleria competente facilitará la reubicación de personas dependientes o con servicio de tele dependencia, en una ubicación más próxima al entorno familiar de la persona dependiente y asumirá la asistencia psicológica que requieran las personas afectadas.
Además, se facilitarán gratuitamente durante un año las tarjetas para viajar en aquellos transportes cuya competencia sea de la Generalitat, es decir de ATMV y FGV.

 

El Consell también instará al Gobierno del Estado para que, asimismo, apruebe deducciones por IRPF a las personas afectadas, establezca a través del ICO líneas de crédito al menos equivalentes a las que impulse el IVF, establezca y ejecute con celeridad un plan de reparación de las infraestructuras públicas dañadas y de limpieza de los espacios públicos.

 

Medidas para impulsar la recuperación 

Por otro lado, ha acordado poner en marcha con urgencia medidas destinadas a impulsar la recuperación de las áreas afectadas por el temporal. Entre estas medidas destaca la concesión de ayudas a personas físicas cuya vivienda habitual haya quedado destruida o con daños que afecten a su estructura; la concesión de ayudas a particulares por pérdida o daños graves en su vehículo que sean consecuencia directa del temporal; ayudas a empresas y a trabajadoras y trabajadores autónomos para reparar los daños que se hayan producido en edificaciones, infraestructuras, instalaciones y cualquier tipo de bienes afectos a su actividad.

 

Del mismo modo, se incluyen ayudas a comunidades de regantes y otras entidades de riego, y a explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas, por los daños en infraestructuras y los gastos necesarios para recuperar la capacidad productiva de las explotaciones, y ayudas a ayuntamientos para reparar los daños causados por el temporal en infraestructuras y bienes de titularidad municipal. Las ayudas, excepto las destinadas a los municipios se limitarán a los daños producidos por el temporal que no estén cubiertos por contratos de seguro en vigor.

 

Al objeto de buscar el mayor consenso posible en la implantación y la ejecución de todas las ayudas que establezca la Generalitat, se constituirá en los próximos quince días un grupo de trabajo integrado por personas representantes de la Generalitat, designadas por el president, de los ayuntamientos y diputaciones afectadas y de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

 

 

Pertenece a la edición 3674

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